Se informa que de conformidad con el artículo 13, inciso b) del “ACUERDO por el que se establecen medidas administrativas en
la Secretaría de Economía con el objeto de brindar facilidades a los usuarios de los trámites y procedimientos que se indican"
(ver acuerdo)
la presentación del “Informe para comprobar la ejecución de las obras y trabajos de exploración o de explotación”, correspondiente al año 2021, que se efectúe en mayo del presente año, se deberá realizar a través de la Plataforma Electrónica de Administración Minera (PEAM), disponible en la página de internet de la Secretaría,
https://peam.economia.gob.mx.
Así mismo, respecto de los “Informes para comprobar la ejecución de las obras y trabajos de exploración o de explotación” correspondientes al ejercicio 2019 que se presentaron en 2020 a través de los correos electrónicos institucionales, se pide su colaboración para ingresar en la PEAM el
contenido de dichos informes ya que en algunos casos los archivos se encontraron dañados o ilegibles o las ligas con las que se remitieron se encontraban caducas, esto,
con la finalidad de garantizar la integridad de la información y brindar certeza jurídica de su contenido y para evitar futuros requerimientos o aclaraciones.
En estos casos, se respetará la fecha original de presentación del informe, por lo que mucho se agradecerá adjuntar el acuse del folio electrónico y el ejemplar digital (PDF) del informe presentado en ese momento,
en el apartado de la plataforma destinado para el “plano de las obras y trabajos ejecutados en el periodo.”
La solicitud referida en el párrafo anterior, es única y exclusivamente para la integración del expediente digital y registros ante esta Unidad Administrativa.
Estimados concesionarios y personas que se benefician de los minerales o sustancias sujetos a la aplicación Ley Minera, se les recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27 fracción VII, 37 fracción III de la Ley Minera, 69 párrafo segundo y 70 de su Reglamento, respectivamente, se tiene la obligación de rendir los siguientes informes:
Técnico sobre las obras y trabajos de exploración: dentro de los primeros treinta días hábiles del año siguiente al término del sexto año de vigencia de la concesión minera, detallando las obras y trabajos mineros desarrollados.
Estadístico sobre la producción y beneficio de minerales o sustancias concesibles: titulares de concesiones mineras con más de seis años de vigencia, deben presentar el Informe de manera anual, por el período enero-diciembre, dentro de los primeros treinta días hábiles del año siguiente al que se reporta (para el periodo enero-diciembre de 2022, se deberá presentar a más tardar el 13 de febrero de 2023).
Para tal efecto, dichos informes podrán ser presentados mediante el “Formato único para la presentación de los Informes: Técnico sobre las obras y trabajos de exploración, y Estadístico sobre la producción y beneficio de minerales o sustancias concesibles” , apartados A o B según corresponda, a través de la PEAM, de conformidad con lo establecido en el artículo 13, párrafos segundo y tercero del “ACUERDO por el que se establecen medidas administrativas en la Secretaría de Economía con el objeto de brindar facilidades a los usuarios de los trámites y procedimientos que se indican”, publicado el 4 de agosto de 2021, referido anteriormente.
Asimismo, se hace de conocimiento que, la información de las concesiones mineras, puede ser consultada en el siguiente link https://tarjetarpm.economia.gob.mx/